sábado, 23 de marzo de 2013

Los trabajadores del Puerto se movilizan contra el Estado para exigir su convenio

Más de medio centenar de trabajadores de la Autoridad Portuaria se manifestaron ayer en la sede de la institución, en La Luz, para exigir el visto bueno del que sería su tercer convenio colectivo. El personal del Puerto realizó un paro que fue convocado dentro del calendario de movilizaciones a nivel nacional que impulsan los sindicatos UGT, CC OO y CIG. En Las Palmas también se sumaron a la iniciativa SPPP y FSOC. El actual convenio, que expiró en diciembre de 2012, está ahora prorrogado. El Ministerio de Hacienda frenó la firma de un nuevo documento, presentado ante Fomento, que afecta a unos 500 trabajadores en Canarias.
Fuente: laprovincia.es

errores letales que puede cometer su empresa al hacer el nuevo “despido express”

Estimado Lector,

¿Puede su empresa ahora, tras la Reforma Laboral, realizar un despido express y evitar tener que ir a juicio? 

Entre sus objetivos, la Reforma Laboral pretendía acabar con la generalizada práctica del despido express, ese mecanismo por el cual un empresario podía dar por finalizada instantáneamente la relación con un trabajador, simplemente entregándole una carta de despido, reconociendo la improcedencia de éste y poniendo a su disposición la indemnización correspondiente.

¿Y ahora qué ocurre? ¿existe esa posibilidad?

Sí, es posible: es una nueva modalidad de despido express… aunque algo menos express. Y su empresa puede recurrir a ella con la misma seguridad legal con la que contaba antes, sin abonar salarios de tramitación y sin tener que pisar el juzgado.

Pero ¡cuidado! ¿Sabe cómo hacerlo?

Éstos son 3 de los errores letales que puede cometer su empresa:

ERROR nº 1: Entregar la carta del despido al trabajador y reconocer en ella directamente la improcedencia del despido.

Así es como se hacía antes, pero si ahora actúa de este modo, se podría considerar que existe fraude de ley por entender que se ha pactado el despido con el trabajador. Y en ese caso su empresa podría ser sancionada con una multa de hasta 187.515 euros.

ERROR nº 2: Entregar al trabajador en el acto (o en las siguientes horas a la carta de despido) la indemnización correspondiente al despido disciplinario improcedente.

Por la misma razón, se consideraría un despido en fraude de ley. Además, la indemnización, en lugar de estar exenta, tributaría desde el primer euro.

ERROR nº 3: Optar por el despido express sin detenerse a contemplar otras fórmulas de extinción.

Antes de la Reforma Laboral existía igual que ahora el despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. E, igual que ahora, le correspondía una indemnización de 20 días por año de servicio con un límite máximo de 12 mensualidades, una indemnización mucho menor que la que corresponde al despido disciplinario improcedente. Sin embargo, antes de la Reforma Laboral no todas las empresas se aventuraban a utilizar el despido objetivo porque, aunque estuvieran en teoría dentro de los supuestos que permitían recurrir a él, el despido muchos veces terminaba declarándose improcedente, por lo que optaban directamente por el “despido express”: más caro de entrada pero con un coste “cerrado” y más seguro jurídicamente. La Reforma Laboral cambió las cosas en el despido objetivo, eliminando de la normativa todos los obstáculos que presentaba este tipo de despido para facilitar al empresario acudir a él. En definitiva, que si su empresa se encuentra realmente en una situación que le exige extinguir algún contrato de trabajo por causas objetivas, entonces no renuncie a priori al despido objetivo.

Reforma integral de la jubilación: las 6 claves esenciales que deberá tener en cuenta

PREJUBILACIONES Y JUBILACIONES ANTICIPADAS, MÁS CARAS, DIFÍCILES Y TARDÍAS
JUBILACIONES PARCIALES Y CONTRATOS DE RELEVO, CASI IMPOSIBLES

JUBILADOS Y TRABAJANDO
BALÓN DE OXÍGENO: HASTA EL 1 DE ABRIL PUEDE APROVECHAR LA NORMATIVA ANTERIOR


Y MUCHO MÁS

El Gobierno ha aprobado la última pieza que faltaba a la reforma de las jubilaciones y, con ello, el panorama es muy distinto al que estaban acostumbradas las empresas. Éstas son las 6 claves esenciales que ahora deberá tener en cuenta:

Edad de jubilación: 67 años. Esa será la edad ordinaria de retiro cuando se llegue al final del calendario por el que se irá incrementando progresivamente la edad de jubilación. De momento, y para este año 2013, está fijada en 65 años ó 65 años y un mes, según los casos.

2 Jubilado y sigue trabajando. Ya es posible cobrar una pensión de jubilación y, al mismo tiempo, trabajar por cuenta propia o ajena (hasta ahora estaba totalmente prohibido). El “trabajador-pensionista” cobrará el 50% de la pensión, podrá trabajar a tiempo completo o parcial, y empresa y trabajador sólo cotizarán a la Seguridad Social por IT y contingencias profesionales (aunque tendrán que aportar también al sistema una “cuota de solidaridad” del 8%, que no computa para prestaciones).

3 Contrato de relevo y jubilación parcial simultánea, una modalidad en vías de extinción. Hace un tiempo parecía la fórmula perfecta: un trabajador, próximo a la edad de jubilación, acuerda con la empresa jubilarse parcialmente, reduciendo algunas horas su jornada y proporcionalmente su salario, y cobrando la pensión en proporción a la parte de la jornada que deja de trabajar. En paralelo, la empresa contrata a un nuevo trabajador mediante un contrato de relevo, al menos por la parte de jornada que el jubilado parcial ha dejado vacante.

Pues bien, se han ido poniendo tantas trabas a esta modalidad de jubilación (la puntilla ha sido ahora con la Reforma que acaba de publicarse el 16 de marzo) que cada vez va a ser más difícil cumplirlas: el trabajador debe tener una antigüedad de seis años en la empresa, sólo puede reducir su jornada un máximo del 50%, debe haber cotizado a la Seguridad Social al menos 33 años, se le exige tener al menos 61 años y dos meses de edad (pero con un calendario progresivo que en unos años llegará a los 65 años), etc.

4 Jubilación anticipada involuntaria. Es la que se produce si a un trabajador al que le quedan como máximo cuatro años para alcanzar la edad de jubilación cesa de trabajar por alguna causa ajena a su voluntad (despido colectivo, despido objetivo por causas económicas, por muerte o jubilación del empresario, etc.). A la pensión de jubilación se le aplicarán coeficientes reductores (pero no tan altos como si la jubilación anticipada fuera voluntaria) y deberá haber cotizado al menos 33 años y acreditar haber cobrado la indemnización por despido o haberlo impugnado (para que no se pueda hacer pasar por una extinción involuntaria para cobrar una pensión más alta, lo que realmente era una extinción pactada).

5 Endurecimiento de la jubilación voluntaria y prejubilaciones disuasorias. Decidir jubilarse antes de tiempo será más difícil de alcanzar para el trabajador, dado el endurecimiento de los requisitos (sólo podrá hacerlo dos años antes de la edad a la que le correspondería, se le exige haber cotizado 35 años, etc.). Y también menos atractivo, pues se le penalizará con coeficientes que mermarán la cuantía de su pensión, por lo que el trabajador se lo pensará dos veces antes de decidir retirarse antes de tiempo.

En cuanto a la prejubilación (el concepto “prejubilación” como tal nunca ha estado en la normativa), se trata de un pacto voluntario entre la empresa y el trabajador por el que acuerdan que éste se retire antes de tener derecho a cobrar una pensión y, hasta que llegue ese momento, la empresa continúa abonándole el porcentaje de su sueldo que hayan acordado. Durante años éste ha sido un sistema habitual de reestructuración de plantillas en grandes empresas (por ejemplo, en la banca), y que ahora va a ser mucho menos atractivo, pues dado que se aleja la edad en la que el trabajador puede acceder a la jubilación anticipada y además se rebaja la cuantía de la pensión, se convierte en menos interesante para el trabajador y además mucho más cara para la empresa.

6 Vuelta de tuerca a las prejubilaciones en empresas con beneficios (y a las que los tengan en el futuro). Se conoce como “enmienda Telefónica” porque surgió a partir de las prejubilaciones masivas en esa empresa, donde se fueron a la calle cientos de trabajadores que primero iban a cobrar el desempleo y luego pensiones a cargo del sistema, y mientras tanto Telefónica obtenía beneficios récord. El Gobierno de entonces reaccionó e impuso que las empresas con beneficios que hicieran un ERE que afectase a trabajadores de más de 50 años tuvieran que hacer aportaciones económicas al sistema.

Ahora se mantiene la medida, aunque las empresas sólo tendrán que asumir ese coste si los trabajadores despedidos de más de 50 años superan determinados porcentajes en relación a todos los despidos y también teniendo en cuenta el tamaño de la empresa. Pero también las empresas con pérdidas tendrán esa obligación si encadenan dos años con beneficios en un periodo de entre el ejercicio previo al ERE y cuatro posteriores.

¡MUY URGENTE! 1 de abril, una fecha clave para su empresa
Su empresa tiene de plazo hasta el 31 de marzo para que en los contratos que se extingan hasta esa fecha pueda aplicarse la normativa anterior en materia de jubilación (más benevolente que la nueva). También el 1 de abril es la referencia para que se aplique la normativa anterior a acuerdos sobre jubilación pactados antes de esa fecha, con independencia de que el acceso a la jubilación sea anterior o posterior (como máximo el 1 de enero de 2019). Se aplicaría a prejubilaciones, jubilaciones anticipadas, jubilaciones parciales…

ESCRITO DEL SECRETARIO NACIONAL, DANIEL CASAL - "El talón de hierro"

"El talón de hierro"


Canarias, 18 de marzo de 2013.
En 1908 Jack London publica la novela El Talón de Hierro, London, a través del Ernest Everhard, obrero revolucionario, describe el gobierno que la Oligarquía industrial construye en el siglo XX.
A finales del siglo XIX las grandes corporaciones industriales, han ido creando monopolios en los principales sectores de la producción y los servicios hasta convertirse en una casta social superior e impenetrable desde la que controlan a la perfección al Gobierno, la policía, el ejército y los tribunales. En este contexto los obreros intentan organizarse.
La respuesta no se hace esperar y el Talón de hierro prepara un atentado fraudulento contra sí mismo, contra el Congreso de EE.UU, a través del cual, consiguen incriminar a los trabajadores e iniciar la represión, y prácticamente abolir la democracia.
En 1912, el Talón de Hierro ya es virtualmente el gobernante del mundo.
En 1918, los obreros preparan una gigantesca rebelión, la idea consiste en levantar a sectores estratégicos de la producción y los servicios, en vez de convocar una huelga general y llamar a la toma de las armas para coger por sorpresa al Talón de Hierro, todo esto con gran sigilo y desde la clandestinidad, pero los agentes infiltrados del Talón de Hierro consiguen averiguar los planes de la resistencia obrera. Dejan que la sublevación estalle en Chicago, desatando los sucesos de la Comuna de Chicago, y esto les permite dar un duro escarmiento a la población.
El Talón de Hierro crea un sistema social dentro del cual se rodean de los sindicatos clave. Estos sindicatos favorecidos por el gobierno, se transforman en "obreros de primera clase", frente al resto de sindicatos "obreros de segunda clase". De esta manera dividen el movimiento sindical y gobiernan sin mayores problemas, ya que los sindicatos favorecidos, sabedores de que sus prebendas provienen de la Oligarquía que rige el Telón de Hierro, se convierten en afín a sus intereses, de esta manera los sindicatos favorecidos comienzan a llevar una vida relativamente desahogada, mientras los que los miembros de los sindicatos no favorecidos siguen en la pobreza más abyecta.
Jack London, presenta una dictadura, organizada por el gran capital, que rige los destinos del mundo, un escenario en el que los estados, gobiernos y parlamentos, han sido superados y en el que la represión, el recorte de las libertades y los derechos de los trabajadores, garantizan que las empresas y el capital maximice sus beneficios, un mundo atroz sumido en la dictadura del capital.
Es cierto que muchos calificaron la obra de London como ciencia ficción, sin embargo, un vistazo desde este final del primer decenio del siglo XXI, donde el Banco Mundial, la OCDE, el FMI y la Banca, son de facto los que en determinan las políticas de los países y regiones completas del mundo, los que planifican la depredación del planeta y arrasan los recursos naturales, los que junto a la industria militar organizan las guerras que favorecen los intereses del capital, daría la impresión de que mas que ficción, de lo que se trataría es de premonición.
Son estos poderes que J. London denomino el Talón de Hierro, los que aplican las recetas más duras sobre millones de familias trabajadoras, los que planean e imponen las reformas laborales, los recortes sociales, las limitaciones democráticas, las persecuciones de disidentes...
Cien años después de que viera la luz la obra de London, parece que más que una ficción, lo que London describió fue el interior del monstruo, la génesis del propio capitalismo, las entrañas de un sistema, que solo puede sobrevivir en la ciénaga de la explotación, sobre la miseria de los seres humanos y en la barbarie de la guerra.
Es el momento de grabar a fuego en nuestras conciencias, que este lobby de poder económico que ha usurpado la legalidad de gobiernos y parlamentos, que impone a sus anchas su voluntad, que ha puesto de rodillas a la democracia, es el Talón de Hierro que advirtió Jack London. De nosotros, obreros del mundo, y solo de nosotros, depende derrotarlo, derrumbar sus cimientos, volar hasta la última columna de su entramado y devolver a la humanidad la historia.

Sindicato Obrero Canario
Secretario Nacional
Daniel Casal

Averigua a qué edad podrás jubilarte tras la reforma del sistema de pensiones

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La reforma de pensiones elevará la edad legal de jubilación a 67 años en 2027 La aplicación de todos los cambios será progresiva hasta ese año.

La reforma de pensiones entra en vigor: ¿Cómo me afecta?



  • La edad legal de jubilación se situará en 67 años en 2027
  • Hasta alcanzar ese objetivo final, se subirá de forma progresiva cada año
  • Los que cumplen 65 años en 2013, tendrán que jubilarse a los 65 años y un mes
  • Si han cotizado más de 35 años y 3 meses, podrán retirarse a los 65 años justos
  • Para calcular la pensión, se tendrán en cuenta los últimos 16 años de cotización
  • El objetivo es hacer el cálculo con 25 años de cotización en 2027

  • domingo, 17 de marzo de 2013

    La patronal descalifica al INE y niega que haya casi seis millones de parados


    El presidente de la patronal no tiene complejos en manifestar sus opiniones sobre temas variopintos. En un encuentro con periodistas, Juan Rosell descalificó al Instituto Nacional de Estadística (INE) en general y a las cifras de paro que calcula en particular. Aseguró que el Gobierno y los sindicatos están “asustados” ante las reformas, propuso miniempleos para los jóvenes aunque sean de una hora y atacó a los empleados públicos con saña, llegando a plantear que se quedasen en casa con un subsidio para que no gasten en papel y en teléfono.
    Rosell siempre ha sido crítico con las estadísticas del INE y, en particular, con la Encuesta de Población Activa (EPA). Aunque está homologada internacionalmente como el mejor termómetro del mercado laboral, la patronal no le concede la menor credibilidad. El sustituto de Gerardo Díaz Ferrán al frente de la CEOE empezó diciendo que en España las estadísticas son “complicadas, ineficientes y malas”. Y se fue calentando: “No utilicemos más ni el INE ni la EPA. La EPA de los seis millones de parados no es verdad. Es una estadística de 65.000 personas que hacemos desde hace muchísimo tiempo, pero para saber los parados lo mejor es ir al registro, a los que se apuntan”, dijo Rosell con contundencia —y algunas imprecisiones— desafiando la opinión prácticamente unánime de todos los economistas y expertos en el mercado laboral, que consideran que la EPA es la mejor radiografía del mercado laboral español, con enormes ventajas frente a las listas de paro registrado, un mero registro administrativo.

    Los mayores de 26 años no podrán acogerse a la 'cartilla' de sus padres y pagarán su Sanidad


    "No van a tener ningún problema, su asistencia la van a tener garantizada", comenta a 20minutos.es un portavoz del Ministerio de Sanidad, que no especifica, sin embargo, si esa 'asistencia garantizada' tendrá que ser pagada posteriormente por el paciente.
    El artículo 1 del Real Decreto ha establecido los nuevos requisitos para que una persona tenga derecho a recibir asistencia sanitaria en España con cargo a fondos públicos. Se establecen cuatro supuestos: primero, ser "trabajador afiliado" a la Seguridad Social; segundo, ostentar la "condición de pensionista"; tercero, percibir una "prestación o subsidio de desempleo"; o cuarto, "haber agotado el desempleo y figurar como demandante en la oficina correspondiente".
    En resumen, si un residente en España no es trabajador, pensionista, parado o extrabajador en búsqueda activa de empleo... no tendrá la condición de asegurado ni podrá recibir, en consecuencia, asistencia sanitaria con cargo al Sistema Público de Salud.

    Límite de ingresos

    Hasta la fecha, las personas que no cumplían estos supuestos tenían una opción alternativa: figurar como beneficiarios de la cartilla sanitaria de otra persona que sí cumpliese alguna de estas condiciones. Una solución a la que solían acogerse los conyúges que no cotizaban a la Seguridad Social y los descendientes que tampoco trabajaban por estar estudiando.
    Pero ahora el ministerio de Sanidad ha puesto un límite de edad a estos descendientes para que puedan acogerse a la cartilla de un familiar. Deberán ser "menores de 26 años" o tener "una discapacidad en grado igual o superior al 65%". Preguntado el Ministerio sobre este supuesto —descendientes mayores de 26 años que no cumplan los cuatro criterios de cobertura previstos—, un portavoz del departamento dirigido por la ministra Ana Mato asegura que "el punto 3 del articulado responde a esta pregunta".

    EL CABILDO DE LA GOMERA EJERCE UNA PERSECUCIÓN SINDICAL CONTRA EL FSOC EN GUAGUAGOMERA

    El Frente Sindical Obrero de Canarias denuncia ante la opinión pública la campaña de acoso, derribo y persecución sindical emprendida por el Cabildo Insular de La Gomera contra los afiliados al FSOC en la empresa pública GuaguaGomera.

    Esta campaña se inició justo después de que el Consejo Nacional del Sindicato hiciera público, entre los días 9 y 11 de marzo, un comunicado de prensa en el que denunciábamos que los conductores de todas las líneas de guaguas del transporte público regular de viajeros habían recibido un mensaje del Gerente de la Empresa GuaguaGomera, SAU, en el que se indica que, siguiendo instrucciones de la Presidencia, los sábados y domingos, los conductores de las guaguas tendrán que esperar a la llegada a la isla del último barco para iniciar el último recorrido por las diferentes paradas de la isla, saltándose así, los horarios establecidos y solicitábamos al Presidente del Cabildo Insular de La Gomera y al Consejero del ramo una inmediata rectificación a esta orden, para que los viajeros que se encuentran en la isla no tengan que sufrir las consecuencias del retraso de los barcos los sábados y los domingos; exigiendo a las autoridades competentes puntualidad en la llegada del barco, o bien, estableciendo otro servicio para los pasajeros que llegan en el mismo con retraso.
    La campaña que ha consistido en presionar a los afiliados al FSOC para que rechacen el comunicado emitido por el Sindicato y para que se desafilien del mismo, utilizando para ello métodos empleados por el caciquismo fascista en los peores años de la dictadura franquista, ha tenido como hechos mas graves el sufrido por el conductor afiliado a este sindicato, D. MRPV, víctima de una encerrona protagonizada por el Gerente de la Empresa, Sr. Oliva y el Secretario del Cabildo, quienes pretendían una declaración pública de este trabajador para que negara el contenido del comunicado del FSOC y acusara a éste y a los adversarios políticos en la isla de ponerse de acuerdo para ir en contra de la empresa y del grupo de gobierno insular, juego al que el trabajador no se prestó, por lo que fue despedido de su puesto de trabajo.
    Este es el coste que sufren los trabajadores que, en la Gomera, no hacen de comparsa del poder político-caciquil instalado en la Isla, presidido por Casimiro Curbelo, al que hacemos responsable directo de esta situación.
    El Sr. Casimiro Curbelo, en vez de solucionar los problemas sociales en La Gomera y, más concretamente, el grave problema que supone el retraso de la llegada del último barco a la isla los sábados y los domingos, convirtiendo el servicio regular de guaguas en un servicio discrecional, a su capricho y antojo, sometiendo a los viajeros de la isla a largas esperas en la Estación y en las paradas, ha optado por perseguir y despedir a afiliados al FSOC, en una auténtica campaña de acoso y derribo que le sirva de “medida ejemplarizante” hacia los demás trabajadores y hacia aquellos que se atrevan a levantar su voz en la isla.
    El FSOC no va a tolerar este tipo de atropellos contra los trabajadores y pondrá en marcha todos los medios jurídicos y sindicales en marcha para que este tipo de tropelías no se vuelvan a producir y para que el compañero despedido recupere su puesto de trabajo.
    Consejo Nacional del Frente Sindical Obrero de Canarias.